El ISR retenido por personas morales se refiere al Impuesto Sobre la Renta que una empresa retiene a otras personas morales o personas físicas con actividad empresarial. Este proceso, aunque común, puede generar errores que se reflejan en los sistemas del SAT.
Errores Comunes al Registrar el ISR Aplicable
Uno de los errores más frecuentes al registrar el ISR en impuestos retenidos es el CFDI 140224 y 140225. Estos errores surgen principalmente debido a los nuevos cambios en la validación del CFDI para los emisores con Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) al facturar a personas morales.
Error CFDI140224
El valor 001 (ISR) en el atributo «Impuesto» del nodo hijo “Retencion” del elemento “Retenciones” a nivel Concepto no debe existir. Este error indica que el RFC Emisor tiene valor «1». Si eres RESICO y estás facturando a personas morales, no debes utilizar retención de ISR al 1.25%. Puedes usar otra retención como IEPS o IVA, pero no ISR. Es recomendable consultarlo con tu contador para saber concretamente qué retención debes utilizar.
Para evitar este error, sigue estos pasos:
- Desactivar el apartado de ISR retenido:
- Ve a configuración > Catálogos del sistema > Impuestos > deja desactivado el apartado de ISR.
- Ve a Ventas > capturar venta, realiza el llenado de tu factura. En el apartado de impuesto ISR Retenido debes tener $0.00.
- Si no tienes «0» en el impuesto Retenido de ISR, da clic en el icono correspondiente y coloca 0.00, después da clic en la palomita roja y finalmente en guardar.
Error CFDI140225
Debe existir el valor 001 (ISR) y en el atributo “TasaOCuota” se debe registrar el valor 0.0125 en el atributo “Impuesto” del nodo hijo “Retencion” del elemento “Retenciones” a nivel Concepto. Este error indica que el RFC Emisor tiene valor «2», por lo que debe manejar la Retención del 1.25% de manera obligatoria en la factura.
Para solucionarlo, sigue estos pasos:
- Registrar la retención del ISR:
- Ve a Ventas > Capturar venta y llena los datos de tu factura. En el campo de Retención de ISR coloca el importe correspondiente al 1.25% del costo de tus productos o conceptos de venta.
- Da clic en la palomita roja al lado y después en guardar.
Soluciones a Problemas Comunes
Problema | Solución |
---|---|
Error CFDI140224 | Desactivar el apartado de ISR retenido y asegurarse de que el valor sea 0.00 en el campo correspondiente. |
Error CFDI140225 | Registrar la retención del ISR al 1.25% correctamente en el campo de Retención de ISR. |
Qué Es el ISR Retenido y Cómo Calcularlo
El ISR retenido es la cantidad de impuesto sobre la renta que un empleador retiene del salario de un empleado antes de que este lo reciba. Esta retención se realiza de acuerdo con las leyes fiscales vigentes y se basa en la tabla de tarifas progresivas establecida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El cálculo del ISR retenido se realiza aplicando la tasa de impuesto correspondiente al ingreso gravable del contribuyente. El ingreso gravable se obtiene restando las deducciones autorizadas al ingreso total del contribuyente. Una vez obtenido el ingreso gravable, se consulta la tabla de tarifas progresivas del ISR para determinar la tasa de impuesto aplicable. Esta tasa se multiplica por el ingreso gravable para calcular el monto del ISR Retenido.
Beneficios y Obligaciones del ISR Retenido
El ISR retenido tiene beneficios tanto para los empleadores como para los empleados:
- Para los empleadores: Les permite cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar problemas legales y sanciones por no retener y pagar este impuesto de manera adecuada.
- Para los empleados: Facilita el cumplimiento tributario y evita que se acumulen grandes cantidades de impuestos a pagar al final del año.
Es importante recordar que, como empleado, se debe asegurar que el ISR esté siendo retenido correctamente y que se esté recibiendo un comprobante de retención de impuestos (conocido como CFDI) por parte del empleador. Este comprobante es fundamental para realizar la declaración anual y ajustar cualquier diferencia entre el ISR retenido y el impuesto final a pagar o a devolver.
ISR Retenido por Personas Físicas y Morales
El ISR retenido por personas morales se refiere al Impuesto Sobre la Renta que una empresa retiene a otras personas morales o personas físicas con actividad empresarial. En México, las retenciones de ISR por personas morales son una obligación establecida en el artículo 106 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Cuando los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) realizan actividades para personas morales, estas últimas deben hacer una retención de ISR equivalente al 1.25% sobre los pagos efectuados. Esta tasa puede variar según las actividades realizadas y la situación fiscal de las partes involucradas.
Por otro lado, cuando una persona física presta servicios profesionales a una persona moral, esta última debe retener un porcentaje del ISR como pago provisional. La retención ISR para personas físicas puede ser del 10% sobre el importe del servicio.